viernes, 28 de febrero de 2020

UASD recomienda revocación Permiso Ambiental para construcción hotel en Área Nacional de Recreo Punta Catuano en Región Este


La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) planteó la necesidad de revocación del Permiso Ambiental para la construcción del Hotel Leaf Bayahíbe en el Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano, en la Región Este del  país,  y en cambio recomendó la reintegración de toda esa superficie a la categoría de Parque Nacional.

A través de un documento ponderado por su Comisión Ambiental, la UASD ratificó la necesidad de garantizar la integridad, el carácter patrimonial y la pertenencia al Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Área Nacionalde Recreo Guaraguao-Punta Catuano y recomendó su reincorporación al Parque Nacional Cotubanamá.

De acuerdo al organismo de la Universidad Primada de América, el cambio de categoría de dicha área para adecuar la ley a intereses particulares constituye una aberración técnica que a su vez carece de fundamento científico.

“El permiso ambiental expedido para edificar dicho hotel dentro del Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano viola la Ley General de Medio Ambiente 64-200, la Ley de Áreas Protegidas 202-2004 y al menos 11 acuerdos internacionales suscritos por la República Dominicana y actualmente en vigor”, planteó.

Advirtió de igual modo que el permiso para la edificación del referido hotel en un Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano viola la Constitución dominicana y todos los criterios y pautas universalmente aceptados en el aprovechamiento de los servicios ambientales que aportan las áreas protegidas.

Investigación

Frente a la realidad descrita, la Comisión Ambiental de la UASD solicitó al Estado dominicano ordenar una investigación forense acerca del proceso técnico-administrativo que soporta el otorgamiento del Permiso Ambiental, así como las transacciones inmobiliarias y la expedición de títulos de propiedad en zonas declaradas de utilidad pública y que en las Constitución y en las leyes antes citadas se consideran bienes patrimoniales de la nación que a su vez son inalienables, inembargables e indescriptibles.

Planteó que los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por la ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional.

“La UASD, a través del Centro de Investigación de Biología Marina (CIBIMA), de su Comisión Ambiental, de su Instituto de Estudios Antropológicos (IDIA) y de otras de sus unidades de investigación ha reconocido el extraordinario valor de los recursos naturales, culturales y antropológicos existentes en el Parque Nacional Cotubanamá y del Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano y ha verificado su fragilidad intrínseca”.

La UASD informó que permanecerá siendo parte del conjunto social que, en cumplimiento de los mandatos de la Constitución y de la Ley 64-200, defiende los recursos naturales, la calidad de vida y el Sistema de Áreas Protegidas que son la garantía de la supervivencia, el desarrollo y el bienestar de la Nación dominicana.

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